CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LAS OPERACIONES DE TRANSFERENCIA DE DINERO

 EURONET PAYMENT SERVICES LIMITED, SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA – RIA ARGENTINA

 

PRIMERA. - Régimen Jurídico

Euronet Payment Services Limited, sucursal Argentina se encuentra inscripta ante la Inspección General de Justicia en los términos del Artículo 118 de la Ley N° 19.550 con fecha 17/10/2017 bajo el número 1484, libro 61, tomo B de sociedades constituidas en el extranjero (en adelante “Ria”). Las presentes condiciones generales tienen por objeto establecer los derechos y las obligaciones esenciales entre Ria (incluyendo en adelante a sus agentes), por un lado, y el cliente, por el otro (es decir, la persona que ordena a Ria o a sus empresas relacionadas) la transferencia de dinero (el “Cliente”) en la prestación de los servicios de transferencias de dinero.

 

A los fines aclaratorios, en el caso del servicio de transferencias de dinero desde la República Argentina hacia países del exterior o desde países del exterior hacia la República Argentina, Ria (incluyendo, bajo la presente, a sus respectivos agentes) no realiza operaciones de cambio de moneda/divisas con sus Clientes ni los Beneficiarios ni accede al Mercado Único y Libre de Cambios de la República Argentina ni al mercado de cambios de ningún otro país por cuenta y orden de sus Clientes ni los Beneficiarios (siempre y cuando la regulación de la República Argentina restrinja para este tipo de servicios el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios de la República Argentina sin necesidad de autorización previa del Banco Central de la República Argentina) a los efectos de concertar esas operaciones de transferencia internacional de dinero. En tales operaciones, el “valor de equivalencia” se refiere a la cantidad de unidades de una moneda determinada (ej.: euro) que se entregaría al Beneficiario designado por el Cliente (el “Beneficiario”) en un momento determinado, contra la entrega por el Cliente a Ria de una unidad de otra moneda determinada (ej.: peso argentino) en ese mismo momento, o viceversa (ello sin contemplar los gastos de comisiones, impuestos y otros cargos aplicables a la transacción).

 

SEGUNDA. - Ámbito de aplicación

Estas condiciones generales se aplican exclusivamente a los envíos de dinero dentro del territorio de la República Argentina y hacia el extranjero, así como al servicio de entrega de dinero en la República Argentina enviado desde el territorio de la República Argentina o desde el extranjero.

 

TERCERA. - Obligaciones de información previa a la transferencia de dinero o entrega del dinero al Beneficiario.

La información y/o documentación que el Cliente (o Beneficiario, en caso de corresponder) debe facilitar a Ria y/o a sus empresas relacionadas es la siguiente:

 

a)    Datos relativos al Cliente y, en los casos de operaciones a ser pagadas en la República Argentina, al Beneficiario:

  • Nombres y apellidos completos.
  • Fecha y lugar de nacimiento.
  • Nacionalidad.
  • Sexo.
  • Tipo (Documento  Nacional de Identidad; Libreta Cívica; Libreta de Enrolamiento; Cédula de Identidad otorgada por autoridad competente de los respectivos países limítrofes; Pasaporte) y número de documento de identidad, con fotografía, original y vigente. Ria tomará una copia de este.
  • C.U.I.L., C.U.I.T y C.D.I.
  • Domicilio real (calle, número, localidad, provincia, código postal).
  • Número de teléfono y dirección de correo electrónico.
  • Declaración jurada indicando origen de los fondos, estado civil y profesión, oficio, industria o actividad principal que realice.
  • Declaración jurada indicando expresamente si reviste la calidad de persona expuesta políticamente (conforme a las definiciones establecidas por la normativa aplicable vigentes a esa fecha).
  • Número de cuenta del Beneficiario (de aplicar).

b)    Para operaciones a ser pagadas fuera de la República Argentina, el Cliente deberá informar respecto del Beneficiario de la transferencia:

  • Nombres y apellidos completos.
  • Tipo y número de documento nacional de identidad o equivalente.
  • Domicilio (calle, número localidad, provincia y país).
  • Número de cuenta (de aplicar).

Si el Cliente, durante un año calendario, envía un monto igual o superior a $336,000 pesos argentinos (o su equivalente en otras monedas) y/o la suma que en el futuro indique la Unidad de Información Financiera, o bien el monto que Ria por sus procedimientos de control determine (que en ningún caso será inferior al monto establecido a estos efectos por la Unidad de Información Financiera), deberá también entregar la siguiente información y/o documentación:

  • Documentos que sustenten fehacientemente el origen de los fondos enviados.
  • Cualquier otra documentación o información que Ria estime a su entera discreción que es necesaria a los efectos de dar cumplimiento a sus procesos de control interno. 

Asimismo, en caso de considerarlo necesario, Ria podrá en cualquier momento requerir información adicional respecto de la transferencia.

Además de lo mencionado anteriormente, se debe considerar lo siguiente:

 

  • Es política de Ria y sus empresas relacionadas acreditar la identidad de sus Clientes y Beneficiarios, para todas las transacciones, sin importar el monto, y de manera previa al inicio de cualquier operación. Por ende, es obligatorio exhibir los documentos señalados en esta cláusula TERCERA (apartado a) o apartado b), dependiendo de si se trata de transferencia que se pague en la República Argentina o fuera de la República Argentina).
  • El documento de identidad debe ser original, válido y vigente. No se aceptan fotocopias, fotos, certificados de renovación u otros documentos distintos a los mencionados. En caso de presentarse el documento digital otorgado por el Registro Nacional de las Personas de la República Argentina, este será aceptado bajo los procedimientos que RIA haya establecido para su aceptación.
  • Ria y sus empresas relacionadas no aceptan transacciones realizadas en nombre de otra persona.
  • Ria y sus empresas relacionadas no aceptan transacciones efectuadas por personas jurídicas.
  • Ria no acepta envíos de dinero efectuados por personas menores de 18 años.

El Cliente se obliga a verificar la corrección e integridad de los datos relativos a las trasferencias de dinero que ordene a Ria o sus empresas relacionadas, según el caso, especialmente en lo que se refiere a datos identificativos del destinatario (Beneficiario) y términos económicos del documento de liquidación de la orden, orden que contará con un número singular o identificador único para su seguimiento futuro.

Cuando una transferencia de dinero se ejecute de acuerdo con las instrucciones recibidas del Cliente y recogidas en el documento de liquidación, se considerará correctamente ejecutada en relación con el Beneficiario especificado. Por tanto, en caso de que alguno de los datos facilitados por el Cliente fuera erróneo, Ria no será responsable de la no ejecución o ejecución defectuosa de la operación de transferencia de dinero.

Ria almacenará las copias de los documentos de identificación de los Clientes (y Beneficiarios, en caso de corresponder) en soporte óptico, magnético o electrónico que garantice su integridad, la correcta lectura de los datos, la imposibilidad de manipulación y su adecuada conservación y localización.

Ria se reserva el derecho de solicitar antecedentes adicionales a sus Clientes (o Beneficiarios, en caso de corresponder) para realizar el servicio de transferencia o pago de dinero, pudiendo negarse a realizar una operación que, a exclusivo criterio de Ria, pudiera significar un riesgo para Ria o sus empresas relacionadas o para el Cliente o el Beneficiario en función de lo dictaminado en sus políticas internas, la ley 25.246 y sus modificatorias y complementarias y las resoluciones de la Unidad de Información Financiera.

 

CUARTA. - Gastos, impuestos y comisiones aplicables.

En toda prestación de servicios de transferencia de dinero, el Cliente deberá pagar a Ria las comisiones que resulten de la operación.

En el documento de liquidación entregado al Cliente constará:

  • Una referencia que permita al Cliente identificar la operación realizada.
  • La fecha y valor de la operación.
  • El importe monetario entregado por el Cliente expresado en unidades de la moneda entregada.
  • El valor de equivalencia entre la moneda recibida del Cliente y la moneda entregada al Beneficiario, vigente al momento en que el Cliente ordena la operación de transferencia de dinero.
  • La cantidad total correspondiente a los gastos de la operación de transferencia de dinero, y en su caso, un desglose de las cantidades correspondientes a dichos gastos (en caso de corresponder). 

El pago de las comisiones y, en su caso, gastos, aplicables a las transferencias de dinero serán de cargo del Cliente, encontrándose debidamente detallados en los documentos de liquidación.

 

Al Beneficiario de una transferencia de dinero se le abonará el importe neto recogido en el documento de liquidación de la transferencia entregada al Cliente, una vez descontados, en su caso, todos aquellos impuestos que fueran de aplicación a la transferencia en el país de destino.

 

Las comisiones que se devenguen a favor de la entidad receptora de los fondos del Cliente (esto es, Ria o una de sus empresas relacionadas en el exterior, o bien un corresponsal que mantenga una relación contractual con Ria, según sea el caso) serán de cargo del Cliente, de manera que el Beneficiario deberá soportar únicamente aquellos impuestos que fueran requeridos, en su caso, por la entidad pagadora al Beneficiario (esto es, Ria o una de sus empresas relacionadas en el exterior, o bien un corresponsal que mantenga una relación contractual con Ria, según sea el caso) conforme la normativa del país de destino de los fondos. 

 

Ria publicará las tarifas máximas de comisiones y gastos repercutibles a las operaciones de transferencias de dinero en cada momento.

 

La información relativa a los términos y condiciones aplicables a los servicios de transferencia de dinero se facilita libre de gastos para el Cliente quien la puede encontrar en https://ar.riafinancial.com. Ria podrá modificar las presentes condiciones generales periódicamente o en la medida en que sea necesario o conveniente, por ejemplo, para cumplir con los cambios en la ley o los requisitos reglamentarios o debido a cambios en las condiciones del mercado, manteniendo la versión actualizada de las mismas en la página web antes indicada, siendo obligación del Cliente el leer las condiciones aplicables al momento de solicitar los servicios de Ria para cada transferencia de dinero.

 

QUINTA. - Consentimiento, irrevocabilidad y cancelación de operaciones de pago.

Consentimiento:

El consentimiento del Cliente a la ejecución de una operación de transferencia de dinero ocurre cuando éste realiza el pago de la operación y firma el comprobante de liquidación, luego de lo cual recibirá el documento de liquidación mencionado.

 

Ria no se hace responsable de la pérdida o mal uso que el Cliente o el Beneficiario puedan hacer del documento acreditativo de la liquidación de la orden de transferencia facilitada por Ria o sus empresas relacionadas, según sea el caso.

 

Irrevocabilidad:

Con carácter general, el Cliente no podrá revocar una orden de transferencia de dinero después de ser recibida por Ria o sus empresas relacionadas y enviada a las empresas relacionadas de Ria o a Ria, según sea el caso.

 

Anulación de órdenes:

El Cliente podrá anular una orden en cualquier momento anterior a la entrega del dinero al Beneficiario, conforme lo indicado más abajo.

 

Las órdenes de transferencia de dinero podrán no ser ejecutadas si el Cliente no pudiese o se negase a aportar la documentación requerida, o cuando así fuese necesario en virtud de los procedimientos de control interno de Ria o en cumplimiento de la normativa aplicable.

 

Cuando un Cliente desee anular una operación, deberá presentarse en el establecimiento donde ordenó la misma con el correspondiente justificante. Solo después de verificarse que la orden no ha sido pagada al Beneficiario se procederá con la cancelación.

 

Si una operación se anula conforme lo indicado arriba, Ria hará sus mayores esfuerzos para devolver el dinero al Cliente a través de un agente o de una tienda propia de Ria, según sea el caso.

 

Comisión por gestión de devolución de fondos:

En el caso de que hayan transcurrido 3 meses desde la recepción de fondos por transferencias de dinero sin que la orden de pago haya sido pagada al Beneficiario y sin que el Cliente haya dado respuesta a Ria a los efectos de proceder a su devolución, RIA enviará una notificación al Cliente (según la información de contacto oportunamente otorgada por el Cliente) indicando que a partir de ese momento podrá cobrar una comisión mensual por el servicio de intentos de devolución que realice, cuyo monto no superará la suma estipulada en la transferencia de dinero en cuestión, y aplicará los costos de tal servicio contra los fondos depositados por el Cliente para la transferencia de dinero con el fin de compensar a RIA por los costos razonables incurridos en relación con los esfuerzos de RIA para reembolsar al Cliente los fondos pendientes de retiro por parte del Beneficiario y del Cliente, y la administración de los mismos, mientras los fondos están en su poder.

 

SEXTA. - Ejecución de órdenes de pago.

El momento de recepción de una orden de transferencia de dinero será aquel en que Ria o una de sus empresas relacionadas, según sea el caso, recibe del Cliente el dinero correspondiente a la operación. Si el momento de recepción no es un día hábil para Ria o la empresa relacionada de Ria que reciba el dinero, la orden se considerará recibida el siguiente día hábil.

 

La ejecución de las órdenes de transferencia de dinero se realizará en el momento en que el Cliente haya puesto fondos suficientes a disposición de Ria o de una de sus empresas relacionadas, o sus agentes, según sea el caso.

 

Ria procurará que el importe de la operación sea abonado al Beneficiario, como máximo, al final del día hábil subsiguiente al de la recepción de la orden de pago. No obstante, debido a circunstancias fuera del control de Ria, incluyendo normas de control de cambio o de lavado de activos en países de destino de los fondos (incluyendo la República Argentina), las transferencias a ciertos países pueden sufrir un retraso adicional o una cancelación de la orden.

 

SÉPTIMA. - Operaciones de pago que incorporen distintas monedas y servicio de pago en moneda distinta de la entregada.

Ria tiene a disposición de sus Clientes los valores de equivalencia entre monedas que aplican en cada momento.  

Las fluctuaciones de los valores de equivalencia correspondientes a operaciones que impliquen el pago de una transferencia de dinero en una moneda distinta de la recibida se aplicarán de inmediato y sin previo aviso, basándose las variaciones en los valores de equivalencia de referencia.

En todo caso, el valor de equivalencia vigente a cada momento se comunicará al Cliente con carácter previo a la emisión de la orden de transferencia, y se recogerá en el documento de liquidación de la misma.

El Beneficiario recibirá la suma que resulte aplicable, conforme la orden de  transferencia efectuada por el Cliente y el valor de equivalencia aplicable al momento de la solicitud de la transferencia de dinero, en la moneda de curso legal que corresponda según país de destino de los fondos, salvo que por la relación comercial que Ria (o sus empresas relacionadas) mantenga con el corresponsal o proveedor de servicios de pago en el país de pago de la transferencia, y siempre que medie el consentimiento del Beneficiario, se pueda pagar al Beneficiario en moneda distinta a la de curso legal del país de destino. En el caso de que, después del pago de una orden a un Beneficiario designado en la moneda indicada en las instrucciones de orden de pago de Ria, el Beneficiario solicite al corresponsal o proveedor de servicios de pago convertir la cantidad del pago a otra moneda, dicha transacción de intercambio de divisas será independiente de la orden de pago enviada por Ria al corresponsal o proveedor de servicios de pago, y será una transacción únicamente entre el corresponsal/proveedor de servicios de pago y el Beneficiario.  RIA no será responsable en relación con ninguna transacción de cambio de divisas subsecuente y separada a las instrucciones de orden de pago enviadas por Ria al corresponsal o proveedor de servicios de pago correspondiente.

En todo caso, Ria se reserva el derecho a no aceptar ninguna operación que de acuerdo con sus controles normativos internos requieran de comprobaciones adicionales e impidan la ejecución inmediata de la misma.

OCTAVA. - Operaciones de transferencia de dinero no autorizadas o ejecutadas indebidamente.

Cuando el Cliente tenga conocimiento de que se ha producido una operación de transferencia de dinero no autorizada o ejecutada incorrectamente, deberá comunicar la misma sin tardanza injustificada a Ria a fin de proceder a la rectificación.

Salvo en los casos en que Ria no hubiera proporcionado o hecho accesible al Cliente, la información correspondiente a la operación de transferencia, la comunicación a la que se refiere el apartado precedente deberá producirse en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de adeudo o abono, según sea el caso, del importe de la operación.

NOVENA. - Protección de datos

En cumplimiento de la Ley 25.326 sobre protección de los datos personales (la “Ley de Protección de Datos Personales”), se advierte lo siguiente: Los datos personales del Cliente y del Beneficiario provistos por el Cliente contenidos en las solicitudes de envío de dinero al extranjero, solicitudes de envío de dinero dentro de la República Argentina o solicitudes de pago en la República Argentina, se incorporarán en ficheros bajo responsabilidad de Ria. Estos datos son los necesarios para articular la relación jurídica con el Cliente, y serán utilizados para la tramitación y ejecución de las transferencias dinerarias solicitadas por el Cliente a Ria, lo que implica la aceptación de que dichos datos sean transmitidos a la casa matriz de Ria a través de la cual se articula la ejecución del servicio, así como a las entidades (incluyendo empresas relacionadas de Ria y agentes de Ria y de sus empresas relacionadas) de los países destinatarios de las transferencias dinerarias solicitadas por el Cliente, ya que, de lo contrario, no podría realizarse el servicio. Asimismo, el Cliente acepta que los datos brindados por el Cliente sean transmitidos y conocidos por todas las empresas que, hoy o en el futuro, formen parte del grupo Euronet, que se detallan en el enlace web http://www.euronetworldwide.com/ con la finalidad de optimizar la prestación del servicio de gestión de transferencias de dinero. Por último, el Cliente acepta que los datos brindados por el Cliente sean utilizados y cedidos con fines publicitarios y de prospección comercial, por las empresas del grupo antes reseñadas, para enviarle comunicaciones comerciales, vía postal, mail o móvil, sobre resultados, productos o servicios de las empresas del grupo, tanto para el mantenimiento de su relación con la misma como para poder darle a conocer los productos y ofertas de servicios financieros, transferencias dinerarias y de medios de pago que son objeto de los servicios de las empresas del grupo. En caso de que el Cliente o el Beneficiario no deseen seguir recibiendo este tipo de comunicaciones, podrán cancelar su suscripción cambiando sus preferencias, para lo cual deberán seguir las instrucciones que proporcionamos en nuestras comunicaciones. Los datos personales del Cliente y del Beneficiario en ningún caso se utilizarán para otras finalidades distintas a las aquí indicadas sin su conocimiento y aceptación previa. La política de privacidad de Euronet asegura, en todo caso, que el Cliente y el Beneficiario pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, eliminación y oposición sobre los distintos tratamientos de sus datos, dirigiéndose por escrito a Ria, a la siguiente dirección acargentina@riamoneytransfer.com o dpo@euronet.com, especificando su petición en concreto y en la forma legalmente prevista. Asimismo, se les hace saber a los Clientes que la Agencia de Acceso a la Información Pública en su carácter de órgano control de la Ley de Protección de Datos Personales, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.

Se informa al Cliente que los prestadores de servicios de transferencia de dinero como Ria, así como los sistemas de pago y prestadores de servicios tecnológicos relacionados a los que se transmitan los datos para llevar a cabo la transacción pueden estar obligados, por la legislación argentina, a facilitar información sobre la transacción a las autoridades u organismos oficiales, situados tanto dentro como fuera de la República Argentina, en el marco de la lucha contra el financiamiento del terrorismo, la prevención del lavado de dinero y blanqueo de activos y otros delitos.

DÉCIMA.- Responsabilidad

En caso de cualquier retraso, falta de entrega, falta de pago o pago reducido de una transferencia solicitada por el Cliente, el único y máximo recurso en contra de Ria es el reembolso de la cantidad de la transferencia más el cargo cobrado al Cliente. No existe ninguna otra acción disponible para el Cliente ni para el Beneficiario distinto del reembolso indicado precedentemente, incluyendo, pero sin limitarse a acciones por daños incidentales, indirectos, especiales o consecuentes. Ria no será responsable de los daños derivados de la prestación de los servicios sujetos a estas condiciones generales y/o debido a fallas técnicas u operativas o cambios de legislación. Ria no será responsable por ninguna variación o retraso de servicio debido a reglamentaciones locales o a causas de fuerza mayor o fuera del control de Ria.

UNDÉCIMA.- Legislación aplicable

Las relaciones jurídicas que se detallan en las presentes condiciones generales se rigen por sus propias cláusulas y los acuerdos singulares reflejados en los documentos de liquidación y, en lo no previsto en ellas, por las leyes de la República Argentina. Estas condiciones generales se regirán, interpretarán y se harán cumplir de acuerdo con las leyes de la República Argentina. Cualquier reclamo o acción relacionado con estas condiciones generales se regirá, interpretará y se hará cumplir de conformidad con las leyes de la República Argentina

DUODÉCIMA.- Jurisdicción

Toda controversia referida a la interpretación, ejecución o validez de las condiciones generales aplicables a los servicios prestados por Ria será resuelta en forma exclusiva y excluyente por los tribunales ordinarios de justicia con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con la normativa y leyes aplicables.

SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE Ria:

Los canales de atención para servicio al cliente son:

Los Clientes deberán presentar sus quejas y reclamaciones, por escrito, (i) personalmente en cualquiera de las tiendas de Ria o de sus agentes, o bien (ii) por correo electrónico a la dirección ACargentina@riamoneytransfer.com. En todo caso se devolverá al Cliente una copia en la que conste la fecha de presentación de la reclamación. El servicio de atención al cliente resolverá las quejas y reclamaciones presentadas en el plazo máximo de 30 días corridos desde su presentación.     En el caso de que la reclamación presentada ante el servicio de atención del cliente de Ria fuese desestimada o bien hubiera transcurrido el plazo de 30 días corridos para resolver sin que el citado servicio hubiera contestado, el Cliente podrá presentar su reclamación ante los organismos pertinentes.